En el BOPV del 3 de septiembre se 2009 se ha publicado la resolución del director general de HABE, por la que se realiza la convocatoria y se regulan las condiciones de las ayudas a los alumnos y alumnas que hayan superado durante el curso 2008-09 los exámenes de acreditación de niveles de euskara de HABE o sus equivalentes.

1.- ¿Quién puede percibir las ayudas de HABE?

Se deben cumplir estos tres requisitos para tener derecho a las ayudas de HABE:

1.1.- Haber estado matriculado/a en un euskaltegi o centro de autoaprendizaje entre el 8 de abril de 2008 y 31 de agosto de 2009.

1.2.- Haber acreditado un nivel de euskara de HABE o un título equivalente:

1.2.1.- Convocatorias de HABE: quienes hayan acreditado un nivel en la segunda convocatoria de 2008 o en la primera de 2009.

1.2.2.- Títulos de euskara convalidados por el Decreto de convalidación de 2008 (perfiles de IVAP, Osakidetza, título EGA,…): títulos acreditados entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto de 2009.

1.2.3.- Títulos de euskara convalidados por el Decreto de convalidación de 2009: títulos acreditados desde la fecha de entrada en vigor de dicho Decreto hasta el 31 de agosto de 2009.

1.3.- Siempre que el alumno o alumna haya acreditado el nivel estudiado en el euskaltegi o centro durante los últimos tres cursos.

2.- ¿Quién no tiene derecho a las ayudas de HABE?

Aquellos alumnos o alumnas que, habiendo sido alumnos/alumnas de un euskaltegi o centro de autoaprendizaje, hayan acreditado un nivel de euskera de HABE o un título convalidado, no tendrán derecho las ayudas de HABE si:

2.1.- Han estudiado en cursos financiados por la Administración Pública.

2.2.- Han acreditado un nivel similar o inferior a uno acreditado previamente. Por ejemplo,  si un alumno/alumna que ya tenía acreditado el perfil 2 del IVAP acredita el nivel 1 o 2 de euskera de HABE, no tendrá derecho a estas ayudas de HABE.

2.3.- Han acreditado un nivel inferior a los cursados en un euskaltegi o centro de autoaprendizaje, según lo recogido en la aplicación para la gestión de la matriculación de los euskaltegis, durante los tres últimos cursos (2006-07, 2007-08 y 2008-09). A estos efectos, será determinante el nivel inicial del alumno/alumna recogido en la aplicación de gestión de los euskaltegis.

3.- Plazos para hacer la solicitud

El plazo para cumplimentar el formulario de solicitud en la página web www.habe.euskadi.net será del 8 de septiembre al 7 de octubre de 2009, ambos inclusive.

El plazo para la entrega de las solicitudes finalizará el día 8 de octubre de 2009.
4.- Procedimiento para la solicitud y documentación a presentar

- Se cumplimentará el formulario de solicitud indicado en la cabecera de esta página (datos personales, nº cta. cte., nivel acreditado, cantidades abonadas en concepto de matrícula, subvenciones percibidas…)
- Se imprimirá dicha hoja de solicitud

Documentos a presentar:

- La hoja de solicitud (firmada) y fotocopia de la misma
- Certificado expedido por el euskaltegi (o los euskaltegis), relativo a los cursos realizados y las cantidades realmente abonadas en concepto de matrícula durante los cursos 2006-07, 2007-08 y 2008-09.
- En caso de haber obtenido el título en una convocatoria que no sea de HABE, copia o certificado de dicho título.

5.- ¿Dónde y cómo se presenta la solicitud?

La solicitud se deberá presentar bien directamente en las sedes de HABE o bien enviada por correo certificado. En este caso la documentación se presentará en la Oficina de Correos en sobre abierto, para ser fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada dentro del plazo de presentación de instancias.


6.- Cuantía máxima de las ayudas

6.1.- El alumno o alumna podrá percibir como máximo, por cada nivel acreditado, la siguiente cantidad:

*  Nivel l de HABE o equivalente: 870 euros
*  Nivel 2 de HABE o equivalente: 630 euros
*  Nivel 3 de HABE o equivalente: 460 euros
*  Nivel 4 de HABE o equivalente: 400 euros

6.2.- El alumno/alumna no podrá recibir más de lo que le han costado sus estudios del euskaltegi o centro durante los tres últimos cursos (2006/07, 2007/08 y 2008-09), teniendo en cuenta las cantidades abonadas y las ayudas públicas recibidas.

6.3.- Se ha consignado una partida de 1.850.000 euros para estas subvenciones. Si esta cantidad resultara insuficiente para hacer frente a todas las solicitudes, se procederá al prorrateo de la subvención.
Fuente: HABE

En Donostia-San Sebastián, a 3 de septiembre de 2009